Categorías de Clasificación
A continuación se presentan los símbolos y definiciones de las categorías utilizadas por Equilibrium dentro del proceso de clasificación de riesgo.
"La clasificación de riesgo es una opinión sobre la capacidad de pago del emisor o de la obligación contractual ofrecida por éste, de ser elcaso. "
ACCIONES COMUNES
1ª Clase : El más alto nivel de solvencia y mayor estabilidad en los resultados económicos del emisor.
2ª Clase : Alto nivel de solvencia y estabilidad en los resultados económicos del emisor.
3 ª Clase : Buen nivel de solvencia y cierta volatilidad en los resultados económicos del emisor.
4 ª Clase : Solvencia ligeramente inferior a la de la categoría inmediata superior y volatilidad en los resultados económicos del emisor.
5 ª Clase : Débil situación de solvencia y volatilidad en los resultados económicos del emisor.
Categoría E : No se puede clasificar por falta de información suficiente.
Categoría S : La clasificación ha sido suspendida porque hay eventos, dudas, cambios legales o gubernamentales, u otros hechos que impiden la asignación de una clasificación por el momento. Una clasificación será conferida cuando las condiciones que causaron la suspensión ya no existan.
ACCIONES PREFERENCIALES
Categoría aaa : Refleja la capacidad más alta de pagar las obligaciones referidas a las acciones preferenciales.
Categoría aa : Refleja muy alta capacidad de pagar las obligaciones referidas a las acciones preferenciales.
Categoría a : Refleja alta capacidad de pagar las obligaciones referidas a las acciones preferenciales.
Categoría bbb : Refleja adecuada capacidad de pagar las obligaciones referidas a las acciones preferenciales.
Categoría bb : Poseen capacidad de pago de las obligaciones referidas a las acciones preferenciales pero ésta es variable y susceptible de debilitarse ante posibles cambios adversos en las condiciones económicas, pudiendo incurrir en incumplimientos.
Categoría b : Poseen capacidad de pago de las obligaciones referidas a las acciones preferenciales pero ésta es más variable y susceptible de debilitarse ante posibles cambios adversos en las condiciones económicas que la categoría inmediata superior.
Categoría ccc : Existe riesgo de incumplimiento de pago de las obligaciones referidas a las acciones preferenciales aunque tiene algunas cláusulas de protección para los inversionistas.
Categoría cc : El riesgo de incumplimiento de pago de las obligaciones referidas a las acciones preferenciales es mayor que en la categoría inmediata superior.
Categoría c : El emisor está muy próximo a una situación de insolvencia y de no pagar las obligaciones referidas a las acciones preferenciales.
Categoría d : No ha cumplido con pagar las obligaciones referidas a las acciones preferenciales.
Categoría e : No se puede clasificar por falta de información suficiente.
Categoría s : La clasificación está suspendida porque hay eventos, dudas, cambios de políticas gubernamentales u otros hechos que no permiten asignar una clasificación.
Las categorías entre "aa" y "ccc" pueden ser modificados por el Comité de Clasificación con los signos "+" o "-" para señalar su posición relativa dentro de la categoría.
La expresión "obligaciones referidas" hace alusión a los términos y condiciones correspondientes a la emisión de acciones preferenciales.
BONOS - TÍTULOS DE DEUDA EMITIDOS A LARGO PLAZO
Categoría AAA : Refleja la capacidad más alta de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados.
Categoría AA : Refleja muy alta capacidad de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados. Las diferencias entre ésta clasificación y la inmediata superior son mínimas.
Categoría A : Refleja alta capacidad de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados. La capacidad de pago es más susceptible a posibles cambios adversos en las condiciones económicas que las categorías superiores.
Categoría BBB : Refleja adecuada capacidad de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados. La capacidad de pago es más susceptible a posibles cambios adversos en las condiciones económicas que las categorías superiores.
Categoría BB : Poseen capacidad de pago del capital e intereses en los términos y condiciones pactados pero ésta es variable y susceptible de debilitarse ante posibles cambios adversos en las condiciones económicas, pudiendo incurrir en incumplimientos.
Categoría B : Poseen capacidad de pago del capital e intereses en los términos y condiciones pactados pero ésta es más variable y susceptible de debilitarse ante posibles cambios adversos en las condiciones económicas que la categoría inmediata superior.
Categoría CCC : Existe riesgo de incumplimiento de pago del capital e intereses en los términos y condiciones pactados aunque tiene algunas cláusulas de protección para los inversionistas.
Categoría CC : El riesgo de incumplimiento de pago del capital e intereses en los términos y condiciones pactados es mayor que en la categoría inmediata superior.
Categoría C : El emisor está muy próximo a una situación de insolvencia y de no pagar sus obligaciones.
Categoría D : No ha cumplido con pagar el capital e intereses según los términos pactados.
Categoría E : No se puede clasificar por falta de información suficiente.
Categoría S : La clasificación está suspendida porque hay eventos, dudas, cambios de políticas gubernamentales u otros hechos que no permiten asignar una clasificación.
Las categorías entre "AA" y "CCC" pueden ser modificados por el Comité de Clasificación con los signos "+" o "-" para señalar su posición relativa dentro de la categoría.
INSTRUMENTOS DE CORTO PLAZO – PAGARES
Nivel 1 (EQL - 1) : Grado más alto de calidad. Existe certeza de pago de intereses y capital dentro de los términos y condiciones pactados.
Nivel 2 (EQL - 2) : Buena calidad. Refleja buena capacidad de pago de capital e intereses dentro de los términos y condiciones pactados.
Nivel 3 (EQL - 3) : Regular calidad. Refleja suficiente capacidad de pago e intereses y capital en los términos y condiciones pactados.
Nivel 4 (EQL - 4) : Menor calidad. Refleja dudosa capacidad de pago de capital e intereses.
Nivel E : No se puede clasificar por falta de información suficiente.
Nivel S : La clasificación está suspendida porque hay eventos, dudas, cambios de políticas gubernamentales u otros hechos que no permiten asignar una clasificación.
Las tres primeras clasificaciones pueden ser modificadas con los signos "+" o "-", para señalar su posición relativa dentro del respectivo nivel.
CUOTAS DE FONDOS DE INVERSION
Categoría AAAfi : Aquellas cuotas del fondo cuyas inversiones presentan un destacable desempeño y la más alta capacidad de pago. Los activos del fondo y su política de inversión presentan el menor riesgo de todas las categorías frente a variaciones en las condiciones económicas o de mercado.
Categoría AAfi : Aquellas cuotas del fondo cuyas inversiones presentan un muy buen desempeño y adecuada capacidad de pago. Los activos del fondo y su política de inversión presentan una ligera sensibilidad frente a variaciones en las condiciones económicas o de mercado.
Categoría Afi : Cuotas del fondo cuyas inversiones presentan un buen desempeño y buena capacidad de pago. Los activos del fondo y su política de inversión son discretamente sensibles frente a variaciones en las condiciones económicas o de mercado.
Categoría BBBfi : Cuotas del fondo cuyas inversiones presentan un desempeño aceptable y suficiente capacidad de pago. Aunque el activo puede presentar ciertos riesgos y/o la política de inversión presenta algunas desviaciones, estas podrían solucionarse en el corto plazo. El fondo es más sensible frente a variaciones en las condiciones económicas o de mercado que aquellos en categorías superiores
Categoría BBfi : Cuotas del fondo cuyas inversiones, producto del riesgo de sus activos, o por cambios en las condiciones de mercado o por las políticas de inversión podrían provocar el incumplimiento de obligaciones. Igualmente se asignará esta categoría cuando los activos que integran las inversiones del fondo presentan problemas patrimoniales que deben ser superados en el mediano plazo.
Categoría Bfi : Cuotas del fondo cuyo riesgo, dado por la calidad de sus activos, es altamente sensible a las variaciones en las condiciones económicas y de mercado. Igualmente se asignará esta categoría cuando los activos que integran el fondo posean características especulativas. La probabilidad de incumplimiento es mayor que en categorías superiores.
Categoría CCCfi : Cuotas del fondo cuyas inversiones, producto del riesgo elevado asumido por la política de inversión, presentan una inadecuada capacidad de pago y resulta probable que los tenedores de cuotas o participaciones enfrenten pérdidas de capital invertido o el equivalente al costo de oportunidad de los frutos de dicho capital.
BONOS DE TITULIZACION
Categoría AAA : Corresponde a aquellos bonos que cuentan con la más alta capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada en forma significativa ante posibles cambios en la economía.
Categoría AA : Corresponde a aquellos bonos que cuentan con una muy alta capacidad de pago de capital e intereses en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en la economía.
Categoría A : Corresponde a aquellos bonos que cuentan con una buena capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero ésta es susceptible de deteriorarse levemente ante posibles cambios en la economía.
Categoría BBB : Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con una suficiente capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero ésta es susceptible de debilitarse ante posibles cambios en la economía.
Categoría BB : Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con capacidad para el pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero ésta es variable y susceptible de deteriorarse ante posibles cambios en la economía, pudiendo incurrirse en pérdida de capital e intereses.
Categoría B : Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con una mínima capacidad de pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, pero ésta es muy variable y susceptible de deteriorarse ante posibles cambios en la economía, pudiendo incurrirse en pérdida de intereses y capital.
Categoría C : Corresponde a aquellos instrumentos que cuentan con una insuficiente capacidad de pago insuficiente para el pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, existiendo alto riesgo de pérdida de capital e intereses.
Categoría D : Corresponde a aquellos instrumentos que no cuentan con una capacidad para el pago del capital e intereses en los términos y plazos pactados, y que presentan incumplimiento efectivo de pago de intereses o capital, o requerimiento de quiebra en curso.
Categoría E : Corresponde a aquellos instrumentos de los cuales no se posee información suficiente para su clasificación, y que además no presentan garantías externas al patrimonio de propósito exclusivo emisor.
ENTIDADES FINANCIERAS Y DE SEGUROS (SBS)
Categoría A : La Entidad posee una estructura financiera y económica sólida y cuenta con la más alta capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y plazos pactados, la cual no se vería afectada ante posibles cambios en la entidad, en la industria a que pertenece, o en la economía. (Subcategoría A-)
Categoría B : La Entidad posee buena estructura financiera y económica y cuenta con una buena capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y plazos pactados, pero ésta es susceptible de deteriorarse levemente ante posibles cambios en la entidad, en la industria a que pertenece, o en la economía. Subcategorías (B+ o B-)
Categoría C : La Entidad posee una estructura financiera y económica con ciertas deficiencias y cuenta con una moderada capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y plazos pactados, pero ésta es susceptible de debilitarse ante posibles cambios en la entidad, en la industria a que pertenece, o en la economía. Subcategorías (C+ o C-)
Categoría D : La Entidad presenta una débil estructura financiera y económica y muestra una dudosa capacidad de pago de sus obligaciones en los términos y plazos pactados, existiendo riesgo de incumplimiento de sus obligaciones.
Categoría E : La Entidad no posee información suficiente o ésta no es representativa, lo que no permite emitir una opinión sobre su riesgo.
Categoría E* : La Entidad no ha cumplido con sus compromisos según los términos en que éstos fueron pactados, encontrándose además imposibilitada de poder continuar sus operaciones.
La categoría de clasificación asignada puede ser modificada por el Comité de Clasificación con los signos "+" o "-" para señalar su posición relativa dentro de la misma (Subcategoría).
Las categorías otorgadas a las entidades financieras y de seguros, teniendo en consideración lo estipulado por la Res. SBS 672-97/Art.12
Instrumentos a largo plazo - Bonos.
Categoría AAA (Sob.) : Refleja la capacidad más alta de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría AA (Sob.) : Refleja muy alta capacidad de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados. Las diferencias entre ésta clasificación y la inmediata superior son mínimas. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría A (Sob.) : Refleja alta capacidad de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados. La capacidad de pago es más susceptible a posibles cambios adversos en las condiciones económicas que las categorías superiores. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría BBB (Sob.) : Refleja adecuada capacidad de pagar el capital e intereses en los términos y condiciones pactados. La capacidad de pago es más susceptible a posibles cambios adversos en las condiciones económicas que las categorías superiores. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría BB (Sob.) : Poseen capacidad de pago del capital e intereses en los términos y condiciones pactados pero ésta es variable y susceptible de debilitarse ante posibles cambios adversos en las condiciones económicas, pudiendo incurrir en incumplimientos. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría B (Sob.) : Poseen capacidad de pago del capital e intereses en los términos y condiciones pactados pero ésta es más variable y susceptible de debilitarse ante posibles cambios adversos en las condiciones económicas que la categoría inmediata superior. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría CCC (Sob.) : Existe riesgo de incumplimiento de pago del capital e intereses en los términos y condiciones pactados aunque tiene algunas cláusulas de protección para los inversionistas. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría CC (Sob.) : El riesgo de incumplimiento de pago del capital e intereses en los términos y condiciones pactados es mayor que en la categoría inmediata superior. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría C (Sob.) : El emisor está muy próximo a una situación de insolvencia y de no pagar sus obligaciones. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría D (Sob.) : No ha cumplido con pagar el capital e intereses según los términos pactados. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría E (Sob.) : No se puede clasificar por falta de información suficiente. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría S (Sob.) : La clasificación está suspendida porque hay eventos, dudas, cambios de políticas gubernamentales u otros hechos que no permiten asignar una clasificación. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Las categorías entre "AA" y "CCC" podrán ser modificadas con los signos "+" o "-" para señalar su posición relativa dentro de la respectiva categoría.
Instrumentos de corto plazo – Papeles Comerciales
EQL 1 (Sob.) : Grado más alto de calidad. Existe certeza de pago de intereses y capital dentro de los términos y condiciones pactados. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
EQL 2 (Sob.) : Buena calidad. Refleja buena capacidad de pago de capital e intereses dentro de los términos y condiciones pactados. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
EQL 3 (Sob.) : Regular calidad. Refleja suficiente capacidad de pago e intereses y capital en los términos y condiciones pactados. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
EQL 4 (Sob.) : Menor calidad. Refleja dudosa capacidad de pago de capital e intereses. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Nivel E (Sob.) : No se puede clasificar por falta de información suficiente. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Categoría S (Sob.) : La clasificación está suspendida porque hay eventos, dudas, cambios de políticas gubernamentales u otros hechos que no permiten asignar una clasificación. La presente categoría incorpora los efectos de la clasificación de riesgo soberano.
Las tres primeras categorías podrán pueden ser modificadas con los signos "+" o "-" , para señalar su posición relativa dentro del respectivo nivel. |